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¿Qué es una Escritura Pública?


El Código Orgánico de Tribunales define la Escritura pública como el instrumento público o auténtico otorgado por el Notario competente de forma legal e incorporado en su protocolo o registro público.

¿Para qué sirve otorgar una escritura pública?


Una escritura pública es útil ya sea porque la legislación chilena exige para la validez de ciertos actos y contratos, como por servir como un medio de prueba que permite dar fe – y por tanto – acreditar que un acto o contrato se otorgó o celebró en una fecha cierta y determinada.  También la escritura pública da fe que las personas identificadas en ella estuvieron presentes ante el Notario Público o Cónsul en funciones notariales, y que realizaron las manifestaciones que en ellas se expresan.

¿Es necesario un abogado para redactar una escritura pública? 


Según el artículo 413 del Código Orgánico de Tribunales: «Las escrituras de constitución, modificación, resciliación o liquidación de sociedades, de liquidación de sociedades conyugales, de partición de bienes, escrituras constitutivas de personalidad jurídica …, sólo podrán ser extendidas en los protocolos notariales sobre la base de minutas firmadas por algún abogado».

¿Hay algún plazo para firmar la escritura pública?


Sí, luego que la escritura es suscrita por el primer otorgante, el resto de los comparecientes deben firmarla dentro de los 60 días siguientes. SÍ pasan los 60 días y aun no vas a firmarla, o alguno de quienes aparecen en ella no firma, la escritura no tendrá ningún efecto y carecerá de valor como tal.

¿Quiénes somos?


Escrituraschile.com surge como una idea del abogado chileno Pedro E. Nilo Lillo, quien junto con otros abogados chilenos se encargan de controlar y preparar personalmente todos los pasos necesarios para elaborar tu minuta de escritura pública.

¿Me asesoran si tengo dudas legales?


El asesoramiento jurídico de la operación o contrato que será objeto de la escritura pública no se encuentra incluido dentro del precio de preparación de la minuta.  Si necesitas este asesoramiento, deberás pedir un presupuesto gratuito y te remitiremos las condiciones del servicio y sus costes.

¿Si necesito realizar otros trámites o gestiones en Chile (legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, inscribir en el Conservador de Bienes Raíces, etc), pueden hacerlo?


Por supuesto que sí. Deberás contactarnos y pedirnos un presupuesto gratuito.

¿Cuándo y cómo debo realizar el pago?


El pago del servicio se realiza al realizar el encargo a través de nuestra web, y puede hacerse mediante Paypal, Tarjeta de crédito o débito y transferencia bancaria (sólo si tienes cuenta bancaria en Chile o España.

¿Cuánto tiempo tardan en preparar mi minuta?


El tiempo varía de acuerdo a la complejidad de la minuta y de las cláusulas adicionales que nos solicites.  Si se trata de minutas simples nuestro compromiso es tener tu minuta preparada y revisada en 5 días hábiles.

¿Cómo entrego la minuta en el Consulado o Notaría?


Nos encargamos de solicitar la cita para que acudas al Consulado o a la Notaría a otorgar la escritura pública, así como de remitir la minuta redactada por abogado chileno.

¿Puedo acudir a una oficina?


Aunque trabajamos desde nuestras oficinas, el servicio de preparación de minutas sólo se presta de manera telemática, ya que se trata de un servicio global dirigido a todos los chilenos, sea donde sea que residan.

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